
1 º PREGUNTA INTERNAUTA
Hola, mi pregunta es la siguiente:
Soy propietario de un piso quiero poner a la venta pero lo quiero vender particularmente. Muchas inmobiliarias me han llamado, pero no quiero firmar nada, aunque no me niego a que traigan visitas. ¿Estoy obligado a firmar algo a las inmobiliarias?
1ºRESPUESTA:
Estimado propietario, esta situación se está dando con mucha frecuencia entre los propietarios por varios motivos: bien por malas experiencias de algún conocido o familiar con alguna inmobiliaria, bien por falta de información y transparencia por parte de aquella , honorarios excesivos , sorpresas el día de firma y la falta de profesionalidad, han creado esta desconfianza hacia este sector e inseguridades entre los propietarios.
Además diferenciamos entre dos tipos de “ INMOBILIARIAS” y sus formas de trabajo.
COMERCIALES INMOBILIARIOS: Son personas dedicadas al sector comercial sin tener ningún tipo de formación como asesor inmobiliario. Estos trabajan por objetivos y con mucha agresividad, su cometido es captar viviendas y clientes, presionar a los propietarios y conseguir un precio muy bajo del inmueble, comercializarlo y venderlo. Al trabajar bajo presión porque su único objetivo es VENDER Y VENDER esto presenta muchos inconvenientes, ya que eso conlleva a dar un servicio pésimo, ya que carecen de profesionalidad, y prometen la Luna, pero su único objetivo es VENDER Y VENDER, sin ética profesional, esto no es su prioridad.
AGENTES INMOBILIARIOS: Se distinguen, primero en que están inscritos o bien como agente API o RAIN , esto ya, marca la diferencia, estamos tratando con personas cualificadas y profesionales en el sector. Velaran por sus intereses ya que rigen por un CÓDIGO DEONTOLÓGICO, el cual lo llevan a cabo, cualquier mala praxis en su sector, podría acarrear muchos problemas, el primero prescindir de su nº de colegiado y por su puesto su único objetivo de estos es conseguir un PRESTIGIO PROFESIONAL Y BUENA PRAXIS, esto implica a una buena gestión con sus clientes, además de estar obligados a tener suscrito un segura de R. Civil y crédito y caución ,para la tranquilidad de los compradores.
Atendiendo a su pregunta, no es que esté obligado a firmar nada, pero claramente le aconsejo que si un agente inmobiliario acepta llevar la gestión de su vivienda sin firmar ningún mandato de intermediación, no se fíe demasiado , ¿ y sabe porqué ? En principio lo que va a firmar será un encargo de venta , el cual detalla todo lo que ese agente puede y no puede hacer sobre su vivienda , es decir, dónde y cómo publicarla, si puede recoger arras en su nombre , quien va a pagar los honorarios de intermediación, cual es el precio de venta, autoriza o no autoriza a visitar y comercializar el inmueble, la duración del servicio, detalla también que impuestos y qué gastos le corresponden a usted y cual le corresponde al comprador, además de la famosa PROTECCIÓN DE DATOS . El mandato no le compromete a nada siempre y cuando no vaya sujeto a una cláusula de exclusividad o agente único, es un contrato en el cual ambas partes acuerdan y autorizan o no, a como o no, comercializar e intermediar el inmueble.
Por eso, si no quiere firmar nada, hágalo usted particularmente, pero le recomiendo que un buen agente inmobiliario,velará por sus intereses con la mayor transparencia y le podrá resolver cualquier duda en cuanto a efectos legales como fiscales, y le puedo asegurar que, tendrá otra opinión, y sabrá diferenciar entre los buenos y los malos.
FUENTE: ASESORA EXPERTO INMOBILIARIO PRIMER PASO INMOBILIARIA
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