¿Cómo quedarán los impuestos y gastos hipotecarios con la nueva ley que tramita el Congreso?

14 de Noviembre de 2018 Vanessa Balcacer

·        Supondrá un ahorro de 2.000 euros para una hipoteca de 150.000 euros

·      El cliente seguirá pagando la tasación, aunque es impuesta por el banco


·        La nueva ley hipotecaria que se tramita en el Congreso de los Diputados cambiará para siempre los gastos que asume el cliente cuando compra una vivienda mediante un crédito hipotecario. Hasta ahora corría con todos los cargos que se generaban por la formalización de la hipoteca: notaría, gestoría, registro, tasación y el AJD se quedaba fuera a raíz del último Real Decreto. Con la nueva normativa, cuando entre en vigor, serán los bancos quienes asuman todos estos gastos, salvo la tasación, pero el cliente seguirá pagando los gastos ocasionados por la compraventa. En principio, para el cliente supondrá un ahorro de 2.000 euros para una hipoteca media de 150.000 euros.

·        Para entender cómo quedará el reparto de gastos hipotecarios con la nueva ley hay que tener en cuenta que cuando se compra una vivienda con hipoteca se formalizan dos operaciones. Por un lado, la adquisición de la casa y, por otro, la constitución del préstamo hipotecario.

·        Ambos procesos generan cada uno gastos asociados de notaría, gestoría, impuestos, tasación y tasas registrales. Hasta ahora el cliente corría con todos ellos, aunque en 2015 el Tribunal Supremo estableció que los bancos debían hacerse con la mitad de los gastos notariales, pero la sentencia está pendiente de ratificación por parte del TJUE.

·        La nueva ley hipotecaria busca terminar con la litigiosidad de los últimos años y clarificar quién paga por cada concepto. Sin tener en cuenta que los bancos pueden optar por encarecer los préstamos, el cliente sale claramente beneficiado.

·        Para una hipoteca tipo de 150.000 euros, que puede suponer un precio de adquisición de más de 187.000 euros de una vivienda nueva, el cliente debe abonar unos gastos aproximadamente de 21.000 euros. En este importe va incluido el 10% de IVA sobre el precio de compra. Quitando este concepto, que en el caso de una vivienda de segunda no se pagaría, pero a cambio hay que pagar el Impuesto sobre las Transmisiones Patrimoniales, el cliente asume 3.700 euros de gastos adicionales, aproximadamente.

·        El desglose de gasto por compra de vivienda y formalización de hipoteca es el siguiente:

·        - Los gastos notariales están regulados y suponen para el cliente actualmente entre el 0,2% y el 1% del total, lo que se traduce en un coste de hasta 1.700 euros.

·        - Los gastos de gestoría pueden variar según la entidad y pueden ascender hasta los 700 euros. Es remarcable que en muchas ocasiones estas gestorías suelen estar vinculadas a la entidad en cuestión.

·        - Los gastos por el Registro de la Propiedad pueden llegar a 900 euros.

·        - A esto hay que sumarle la tasación, a la que obliga la entidad financiera antes de la concesión del crédito, puede oscilar de media sobre los 400 euros, según los datos que maneja el portal inmobiliario idealista.

·        En estos gastos se incluye tanto el coste por compra de vivienda como por constitución de hipoteca.

El cliente solo pagará los gastos asociados a la compra de vivienda que ascendería a aproximadamente a 1.700 euros, que incluye la tasación del inmueble

Si la nueva ley no cambia en su tramitación parlamentaria, en la simulación de una hipoteca de 150.000 euros, el cliente solo pagará los gastos asociados a la compra de vivienda que ascendería a aproximadamente a 1.700 euros, incluida la tasación del inmueble, que seguirá abonándola el cliente.

La factura para el cliente también se ha reducido considerablemente a raíz del Real Decreto del Gobierno que obliga a los bancos el impuesto de Actos Jurídicos y Documentados (AJD). Exceptuando el IVA y el Impuesto de Transmisiones, que varía si es vivienda nueva o de segunda mano, el conocido como impuesto de las hipotecas era el que más peso tenía en los gastos hipotecarios de hasta el 70%. Dependiendo de la Comunidad podía suponer 1.275 euros en la de Madrid o 2.500 euros como en Cataluña.

FUENTE: elEconomísta.es